Situación de las presentaciones en el año 2008 y sus consecuencias
El art 4 del Decreto 7888/06, establece la lista de documentos que las Municipalidades deben presentar al Ministerio de Hacienda para poder percibir los fondos de Royalties que les corresponden dentro de cada año fiscal. Desde que las Entidades Binacionales empezaron a realizar los desembolsos hasta el año 2007, la presentación en forma de la documentación era requisito para que Hacienda autorice las transferencias de dichos recursos a las Municipalidades.
Sin embargo, para el año 2008, las presentación de las documentaciones si bien se reglamenta, no es obligatoria para que los municipios reciban sus Royalties. Esta situación y según datos proveÃdos por el propio Ministerio de Hacienda, trajo consigo implicancias tales como el incumplimiento de la norma por parte de los gobiernos locales y la pérdida de una valiosa información que poseÃa el Ministerio en términos de programación presupuestaria, lo que consecuentemente fue en detrimento del esfuerzo realizado por esta cartera de Estado para consolidar la información en el Sistema de Información de la Administración Financiera (SIAF), lo que a su vez le permitirÃa realizar un proceso comparativo en términos de cuánto se ajustaba lo programado con lo efectivamente ejecutado de los gastos con royalties.
Observando la presentaciones municipales a noviembre de 2008, solamente 100 municipios de los 231 presentaron algún tipo de documentación. De las que presentaron solamente Villarrica presentó la documentación completa, mientras que los demás lo hicieron pero en forma incompleta o con serias faltas a las normativas vigentes.
Más concretamente las consecuencias negativas o positivas pueden resumirse en los siguientes puntos:
1)     Se pierde una importante fuente de información sobre la planificación de las obras con royalties en el paÃs: Esto, desde el punto de vista del gobierno, implica una dificultad para realizar contrastes entre planificación y ejecución de las obras y desde el punto de vista de la ciudadanÃa, la misma pierde una fuente de información de mucha utilidad para ejercer su derecho al control ciudadano buscando la transparencia en el uso de los recursos;
a)     Se ve incrementada la discrecionalidad en la utilización de los recursos: Es decir, las probabilidades de que los recursos sean destinados, como establece la ley, para gastos de capital se reducen ante la falta de las exigencias como condición para recibir los royalties. Asà también, el uso para fines de desarrollo productivo podrÃa verse afectado;
b)     Se corre el serio riesgo de un retroceso en el proceso recorrido: Se refiere a que algunas instituciones municipales habÃan avanzado positivamente en la práctica de permitir la participación de la ciudadanÃa en la planificación del uso de los royalties con la elaboración de los presupuestos participativos lográndose asà una mayor transparencia por medio de las audiencias públicas de rendición de cuentas. Dicho retroceso podrÃa tener efectos negativos en el proceso democrático y de buena gobernanza;
c)      Se puede facilitar la mala utilización de los Royalties: En todo el histórico de transferencias de los royalties, ha habido casos graves de corrupción y mala utilización de estos recursos;
d)     Un aspecto positivo digno de mención: La programación financiera de los municipios podrÃa mejorar considerando que en 2008 recibieron de forma periódica y sistemática los recursos de los royalties en una proporción del 8 ,3% mensual del plan financiero para ese año. Con el sistema anterior el monto exacto de las transferencias era difÃcil de determinar por lo que el municipio programaba su presupuesto para diciembre de cada año y luego lo reprogramaba dicho presupuesto. Eso generaba imprevisibilidad en el gasto e incertidumbre en la implementación de los proyectos.
Por todo lo expuesto, se podrÃa decir que una alternativa más válida, antes que eliminar la requisitoria, hubiese sido perfeccionar la burocracia municipal en la preparación de los proyectos, capacitar a funcionarios municipales en la programación presupuestaria y avanzar con los cambios al interior del Ministerio de Hacienda, para hacer menos lento los procesos, como ya se venÃa realizando en cooperación de agencias internacionales.



11 Septiembre 2009 a las 8:00 am
pertenezco a un Municipio del departamento de Caazapa, y me gustaria saber: si es cierto que no era exigencia la presentacion de documentaciones en el año 2008 para la transferencia de fondos, entonces porque hasta la fecha mi municipio aun no ha recibido el correspondiente a los ultimos cuatro meses del año 2008 (desde setiembre a diciembre), siendo que nosotros ya hemos arrimado todos los requisitos con fecha de mesa de entrada 12 de marzo, y cada vez que consultamos a los responsables de la transferencia en MH, nos dicen que “todas las documentaciones ya esta posiblemente la proxima semana se les transdçfiere…” y hasta el momento nada pasa